La Reina y los Príncipes tendrán trato de aforados ante la justicia
El Consejo de Ministros aprueba la reforma de Ley Orgánica del Poder Judicial, que crea por primera vez tribunales de instancia para acabar con los partidos judiciales

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy viernes la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que, entre otras cuestiones, incluye como aforados a la Reina y a los Príncipes de Asturias y los equipara con las demás autoridades del Estado establecidas en la Costitución. Además restringe el número de personalidades sujetas a aforamiento únicamente a aquellas que establece la Carta Magna y los estatutos de autonomía, de forma que quedan fuera los que se han ido introduciendo en otras leyes.
La inclusión de Doña Sofía, de Don Felipe y de Doña Letizia en el catálogo de aforados viene a corregir una deficiencia histórica: y es que resulta paradójico que un juez, un policía o un fiscal estén sujetos a un fuero especial y hasta ahora no lo hayan estado los miembros de la Familia Real citados. Esta inclusión no afecta a las Infantas Doña Elena y Doña Cristina.
El titular de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que «lo que no tiene sentido» es que, en la actualidad, un ministro o un diputado estén aforados y sus casos tengan que verse ante el Tribunal Supremo, y en el caso de la Reina o el Príncipe no. Preguntado por qué no se afora a las Infantas, Gallardón ha explicado que la decisión se ha tomado en base a la «intensidad» de la «función de Estado» que ejercen, y esta no es la misma que la de los Reyes o los Príncipes de Asturias.
Junto con esta reforma, el anteproyecto, que, como anunció ABC el pasado 16 de marzo , no regula el derecho a la huelga de los jueces ni restringe su libertad de expresión, pone las bases para una auténtica reorganización de la estructura judicial en España, que tendrá que ser desarrollada más adelante en la ley de Demarcación y Planta.
El texto aprobado hoy sustituirá al vigente, que desde su aprobación en 1985 ha sufrido más de 40 modificaciones. Entre las principales novedades figura la creación de los Tribunales Provinciales de Instancia (TPI), lo que implica una nueva estructura distinta a los actuales partidos judiciales pero en la que se mantienen todas las sedes existentes para optimizar los recursos. Cuestión distinta es el personal que hoy presta sus servicios en esas sedes. A partir de la entrada en vigor de la nueva ley, los TPI funcionarán de forma acorde a un reparto provincial de asuntos.
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